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Advierten “indulto pasivo” a criminales de la dictadura: “Estado dejará de oponerse” en tribunales “a beneficios para condenados”

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Casa Memoria José Domingo Cañas

Entre ellos se encuentra César Manríquez, jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la Dirección Nacional del Ejército (DINA), cuya defensa presentó un recurso de amparo por “enajenación mental”, el que fue acogido por la Corte de Apelaciones de San Miguel. El Programa de DD.HH, no apeló.

A través de la plataforma de revisión de causas del Poder Judicial, El Arrebato ratificó las acciones determinadas por el Programa de Derechos Humanos en los tres casos presentados por las extrabajadoras de la instancia, quienes fueron removidas de sus cargos el pasado 31 de marzo.

Por Redacción El Arrebato

El pasado 31 de marzo, el Gobierno decidió remover a las funcionarias del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paulina Zamorano, secretaria ejecutiva; Magdalena Garcés, encargada del área de búsqueda y trayectorias; y Tamara Lagos, responsable del área de archivos e investigación documental. 

Las tres profesionales, que son parte de la Red de Observadoras en Justicia y Memoria, advirtieron en las últimas horas que el “Estado dejará de oponerse a beneficios para condenados”, luego de que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat “instruyó” a través de la Jefa del Programa de Derechos Humanos, Constanza Garrido, “que sus abogados no intervengan en audiencias donde se discutan rebajas de pena o cumplimientos alternativos”.

Según comentaron, la determinación sería “un giro en la política de cumplimiento de penas“, y en concreto significaría el “cese de la oposición estatal ante requerimientos judiciales de libertad” por parte de condenados por crímenes contra los derechos humanos.

Además de acusar una “falta de representación para las familias de las víctimas”, aseguraron que se estaría configurando una modalidad de “indulto pasivo”, lo que permitiría “que condenados por crímenes de lesa humanidad y que argumenten su condición de ser adultos mayores o padecer enfermedades graves obtengan salidas alternativas sin la oposición de los abogados del Estado. Esta omisión de defensa se convierte así en la nueva vía para desestimar el cumplimiento de cárcel efectiva”, replicaron.

En su postura, “esta nueva instrucción contradice sus compromisos” con respecto a la continuidad de las funciones del Programa de Derechos Humanos, el que por protocolo indica que el área jurídica debe intervenir en acciones interpuestas por los condenados por graves violaciones a los derechos humanos. En específico, indica que debe hacerse parte cuando los perpetradores no hayan prestado colaboración con la justicia, se encuentren procesados y/o condenados en numerosas causas judiciales. Además, se incorpora el impacto que una eventual liberación anticipada del condenado genere efectos sobre sus víctimas y familiares o cuando genere la sensación de impunidad respecto del cumplimiento de la pena.

Asimismo, los principios del plan, indican que el Estado debe apelar o impugnar dichas decisiones en caso de dictarse una resolución que rebaje la pena, cambie la modalidad de cumplimiento, o agravie a familiares de las víctimas. Todo ello, en conformidad al derecho internacional y estándares en la materia.

“OPERACIÓN COLOMBO”

Según las ex funcionarias, ya existen tres casos donde el Programa de Derechos Humanos habría determinado no hacerse parte. En primer lugar, nombran la causa “Operación Colombo-Aedo y otros- Cuaderno principal”.

En el caso, se condenó el 2 de marzo de 2023 a 15 años de prisión a César Manríquez, jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la Dirección Nacional del Ejército (DINA) y de quien dependían todos los recintos clandestinos y de tortura de la DINA durante el año 1974. La justicia acreditó su calidad de autor del delito de secuestro calificado de 16 víctimas de desaparición forzada, quienes permanecieron secuestradas en los recintos de Londres 38, Villa Grimaldi, Cuatro Álamos, Venda Sexy y José Domingo Cañas.

La defensa de Manríquez presentó un recurso de amparo para cumplir la pena de cárcel en libertad por encontrarse enajenado mental, el que fue acogido por la Corte de Apelaciones de San Miguel en la causa Rol 226-2026. Y si bien, los querellantes en representación de las víctimas y la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos interpusieron recursos de apelación, argumentando la existencia de un informe médico psiquiátrico que daba cuenta que el condenado podría estar simulando su condición, el Programa de DD.HH no apeló. Así lo ratificó El Arrebato en el sistema de causas del Poder Judicial.

Según indicaron las ex funcionarias de la instancia, esta determinación habría sido una “instrucción expresa de su jefatura, quien señaló vía correo electrónico que el área jurídica no intervendrá en estrados”, y añaden que “en el proceso de evaluación interna, los abogados del área jurídica manifestaron una opinión distinta, siendo partidarios de la interposición del recurso de apelación, por
existir un último informe psiquiátrico donde se indica que estaría simulando”.

“ENAJENADO MENTAL”

En segundo lugar, plantean que una situación similar ocurrió con el caso “Osses-Yáñez-Subcomisaría de La Granja”, donde se condenó en 15 sentencias judiciales a Héctor Osses Yañez, oficial de carabineros que estuvo a cargo de la Subcomisaría de La Granja durante la dictadura. En específico, la justicia determinó su responsabilidad en la desaparición y homicidio calificado de 31 víctimas.

En específico, la defensa del exfuncionario policial se encuentra solicitando cumplir las penas en libertad por encontrarse enajenado mental. En un principio, el Programa de Derechos Humanos se opuso a su solicitud, sin embargo, las ex trabajadores indican que “por expresa instrucción del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a través de su jefatura, ha instruido no seguir interviniendo en estos procesos”.

“OPERACIÓN ALFA CARBÓN”

Por último, Lagos, Zamorano y Garcés, manifestaron su preocupación por el caso de Jorge Camilo Mandiola Arredondo, jefe regional de la CNI Concepción, condenado a 15 años de presidio por la Operación Alfa Carbón, montaje realizado por la Central Nacional de Informaciones, CNI, entre los días 23 y 24 de agosto de 1984, donde fueron asesinadas siete personas en Concepción, Los Ángeles y Valdivia, a partir de falsos enfrentamientos.

Su defensa solicitó al tribunal de primera instancia cumplir la pena bajo arresto domiciliario por padecer una serie de enfermedades como diabetes y trastornos del sueño por ansiedad que le produce el encierro. El ministro Waldemar Koch determinó rechazar la solicitud, por lo que el abogado de Mandiola ingresó un recurso en la Corte de Apelaciones de Concepción, el que fue puesto en tabla este 21 de abril.

Sin embargo, la jefa del Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Constanza Garrido, presentó un escrito desistiendo al abogado de dicha repartición, de alegar. Así se se indica en el documento presentado a continuación:


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