Fiscalía evaluará presentar recurso de nulidad tras absolución de Claudio Crespo por cegar a Gustavo Gatica

-La sentencia leída este miércoles concluyó la ausencia de responsabilidad penal del acusado, amparándose en la figura de la legítima defensa y en la aplicación de la Ley Naín-Retamal.
-No obstante, quedó judicialmente establecido que el ahora diputado fue herido por los disparos de perdigones disparados por el exfuncionario de Carabineros.
Por Redacción El Arrebato
El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago leyó este miércoles la sentencia del caso Gustavo Gatica, donde se absolvió al ex funcionario de Carabineros Claudio Crespo. No obstante, quedó judicialmente establecido que el ahora diputado, fue herido y quedó ciego por los perdigones disparados por el exfuncionario de Carabineros en 2019.
Tras la audiencia, la Fiscalía se refirió a los procedimientos que ejecutarán tras el veredicto. Al respecto, la persecura Ximena Chong, indicó que realizarán una “revisión exhaustiva del contenido completo del fallo, para evaluar la interposición de recursos, especialmente de recursos de nulidad”.
De seguir el camino de una interposición de un recurso de nulidad, este debe ser revisado por la Corte y de acogerse el recurso se iniciaría un nuevo juicio.
LEY NAÍN-RETAMAL
A través de una declaración pública, las diputadas y diputados del Partido Comunista e independientes, manifestaron su “profunda preocupación y consternación frente a una decisión judicial que, aun reconociendo hechos de extrema gravedad, termina consolidando un escenario de impunidad”.
En este sentido, destacaron que la justicia estableció que el disparo que dejó ciego a Gatica fue disparado por Crespo. No obstante, la sentencia concluyó la ausencia de responsabilidad penal del acusado “amparándose en la figura de la legítima defensa y en la aplicación de la Ley Naín-Retamal”, precisaron.
Al respecto, comentando que este punto es “especialmente grave”, pues la sentencia “deja en evidencia no solo una decisión judicial cuestionable, sino una forma de impunidad normativa: hechos gravísimos, judicialmente acreditados, quedan sin sanción penal por efecto de una legislación que amplía y presume la legítima defensa en favor de agentes del Estado”, cerraron.

